Buenastardes, Me concedieron una Incapacidad Permanente Total el 18/10/2018 que puede ser revisada a partir del 02/10/2020 después de superar algunas intervenciones quirúrgicas he solicitado una revision de incapacidad por mejoria con fecha 23/04/2020 y estoy a la espera de la revisión, la pregunta es si tengo derecho a la reserva del puesto
Muybuenas Trabajadora en baja médica desde el 10.08.2020. Se recibe resolución de baja emitida de oficio por la TGSS con fecha 05.02.2022 por AGOTAMIENTO IT. Hago cálculos, y han transcurrido 515 días y no los 545 días de máximo ¿Por qué se indica AGOTAMIENTO IT si no se han alcanzado los 545 días? No había ninguna baja
Paraevitar que te quiten la pensión por incapacidad permanente debes cumplir alguno de los siguientes requisitos:. Comparativa de la situación previa y la actual: si tu estado de salud ha mejorado, se te citará para pasar una revisión, ya que el INSS entenderá que tus aptitudes laborales no son las mismas o semejantes a cuando se te concedió laTantosi no se aprueba la incapacidad permanente, como si no se está de acuerdo con el grado reconocido, lo primero que se ha de hacer es presentar una Reclamación Previa. Se trata de un trámite administrativo para pedir al INSS que vuelva a evaluar la solicitud inicial. Cabe la posibilidad de que el problema no fuera la situaciónRespuesta Una vez que una persona trabajadora finaliza los 545 días de una incapacidad temporal, y el INSS considera que no se encuentra lo suficiente recuperada, podrá iniciarse el trámite de incapacidad permanente.. Si ésto es así, el INSS procederá a tramitar el alta médica, pendiente de la posible calificación de la incapacidad
LaIncapacidad Permanente efectivamente sí se puede volver a pedir, si es necesario, tanto judicial como administrativamente. De hecho, es lo que se hace si se reclama porZhx9kzG.